Todo lo que quieres saber sobre la cláusula suelo

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Seguro que has oído hablar de la cláusula suelo. Para algunos todo un quebradero de cabeza que está muy de actualidad. Parecía que hace años estábamos condenados a sufrirla, pero afortunadamente la justicia ha dado la razón a los pobres usuarios. Sin embargo, hay algunos matices que hay que conocer si decides meterte en la lucha contra un banco por la cláusula suelo.

En primer lugar hay que saber que la cláusula suelo o suelo hipotecario es la denominación de una cláusula contractual que establece un límite mínimo al interés que se aplicará en la cuota aunque el tipo de interés baje. Es una cláusula que beneficia a la entidad bancaria y perjudica al particular que ha solicitado el préstamo ya que cuando los tipos bajan o el interés es negativo la cláusula impide que se traslade a la cuota mensual. Dependiendo de la normativa del país, las condiciones del contrato y su transparencia y claridad, puede considerarse una cláusula abusiva, ilegal o nula, por tanto puede considerarse un fraude bancario. Algo que durante muchos años, la pobre gente que se metió a comprar un piso, ha padecido. Por eso se han asociado en diferentes organizaciones.

Sin embargo, en 2013 todo cambió. Desde esa fecha, en España las cláusulas suelo son ilegales. Se declaró su nulidad y carácter abusivo por sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 si bien limitaba la devolución de las cantidades ilegalmente cobradas por los bancos desde la fecha de la sentencia. Además, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó, en sentencia inapelable de 21 de diciembre de 2016,8​9​ en contra de la limitación de la retroactividad de la nulidad de la cláusulas suelos por lo que los bancos y cajas de ahorro están obligados a devolver todo el dinero cobrado ilegalmente por las cláusulas suelo desde la firma de la hipoteca inmobiliaria para la adquisición de vivienda.

El concepto diferencial es la palabra “abusiva”, las cláusulas suelo abusivas son ilegales y pueden reclamarse. Una cláusula es abusiva en tanto cuanto no se ofrezca la máxima transparencia e información sobre la misma al consumidor.Desde esta sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, los consumidores que acrediten una cláusula abusiva tienen derecho a reclamar los gastos pertinentes a la misma.

Cómo reclamar el suelo para recuperar lo pagado de más

Todos los afectados por esta cláusula abusiva pueden reclamar a su banco que les devuelva cada euro pagado de más debido a su aplicación. Para exigir el reembolso de ese dinero existen dos vías: la extrajudicial y la judicial.

Extrajudicial

Desde enero de 2017, los reclamantes pueden exigir a su banco la devolución de lo pagado por el suelo a través del mecanismo extrajudicial gratuito establecido por el Real Decreto-ley 1/2017. Veamos cuál es el procedimiento que hay que seguir:

Interponer una reclamación formal ante el Servicio de Atención al Cliente del banco que nos aplicó el suelo hipotecario (o del que lo haya adquirido). Todas las entidades deben disponer de un departamento específico para tramitar este tipo de solicitudes. Si la entidad acepta la solicitud a trámite, nos calculará cuánto nos debe, nos mostrará un desglose del cálculo y nos hará una oferta de devolución en metálico. Paralelamente, también nos puede hacer una oferta alternativa: reducirnos el capital pendiente de la hipoteca, invertir ese dinero en un producto de ahorro, etc. .  Si llegamos a un acuerdo, se nos devolverá el dinero del modo pactado en un plazo no superior a los tres meses a contar desde el inicio del procedimiento. Si no consigues está fórmula, tendrás que acudir al juzgado.

Vía judicial

Consiste en denunciar al banco ante el juzgado especializado en cláusulas abusivas de nuestra provincia, unos tribunales que se crearon en mayo de 2017 para resolver casos relacionados con el suelo, con la devolución de los gastos de escrituración de la hipoteca, con los préstamos multidivisa, etc. La demanda hay que interponerla a través de un despacho de abogados o de los servicios jurídicos de una asociación de consumidores. En el primer caso, habrá que pagar una provisión de fondos y los posibles honorarios del abogado, aunque si se condena al banco a pagar todas las costas judiciales, al final la reclamación no nos costará nada. En el segundo, en cambio, tendremos que abonar la cuota de socio correspondiente.

“La consecuencia de la sentencia dictada es que el cliente va recuperar una importante cantidad de intereses pagados indebidamente por la aplicación del IRPH declarado nulo y va a ver como su cuota mensual hipotecaria sufre una importante bajada al aplicársele el Euribor, en lugar del IRPH”, explican desde el despacho de abogados de RSA Abogados.

Por este motivo, animamos a todo el mundo a que luche contra lo que es injusto. Es cierto que es un quebradero de cabeza, pero la jurisprudencia dice que finalmente acabas ganando la batalla.

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